FORMACIÓN BONIFICADA

La Cámara de Comercio es una entidad organizadora de actividades formativas para empresas ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE).

Puede gestionar y diseñar formación para empresas además de tramitar la gestión, ejecución y justificación de las bonificaciones en la formación que estas se pueden aplicar ante la FUNDAE.

Por último, es importante señalar que todos los cursos privados que ofrece la entidad cameral pueden ser gratuitos o estar bonificados para las empresas gracias a las gestiones que realiza ante la Fundación.

MÁS SOBRE LA FORMACIÓN BONIFICADA Y CÓMO SOLICITARLA

La formación bonificada para las empresas es una interesante opción para apoyarlas en la puesta en marcha de programas formativos para sus trabajadores y directivos. Este sistema permite a las empresas bonificarse los cursos impartidos invirtiendo parte del dinero ingresado a la Seguridad Social por la formación de sus trabajadores.

La combinación de formación bonificada y del servicio de formación a medida de la Cámara de Comercio permite al empresario diseñar y decidir, de forma innovadora y flexible, los programas formativos que mejor se adapten a los objetivos de su empresa.

Las ayudas consisten en recuperar total o parcialmente el importe de los cursos a través de los seguros sociales según el Real Decreto 694/2017, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

Todas las empresas ubicadas en territorio español, que estén al corriente en los pagos de la Seguridad Social y Hacienda, y quieran formar a sus trabajadores.

Cada empresa dispone de un crédito anual para financiar las acciones formativas en función de la cantidad ingresada, en concepto de formación profesional durante el año anterior, y la plantilla media de los trabajadores.

El artículo 11 del Real Decreto 694/2017, que desarrolla la Ley 30/2015 sobre formación para el empleo, establece los siguiente:

«…Las empresas de menos de 50 trabajadores podrán comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre del ejercicio en curso, la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de forma que el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes, según la voluntad manifestada por la empresa. Las cuantías no dispuestas en el último de los ejercicios mencionados se considerarán desestimadas por las empresas y no podrán recuperarse para ejercicios futuros».

Es un trámite que recomendamos realizar. En caso de duda desde nuestro departamento de formación podremos darles las indicaciones.

Recuerde que la Cámara tiene una larga experiencia en la gestión de los créditos de formación. La formación de los trabajadores siempre se traduce en la mejora de los resultados de la empresa

Para solicitar la bonificación de un curso deberá tramitar toda la documentación necesaria ante la Cámara de Comercio como mínimo 10 días hábiles antes del inicio del mismo

CONTACTO

Teléfono: 956 646 900

Email: formacion@camaracg.com